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Ahora, a través del RCAL, usted puede presentar para su registro o modificación los contratos de adhesión obligatorios o voluntarios, que desee comercializar con los consumidores de bienes o servicios.
Con esta nueva modalidad, que no desaparece el medio tradicional a través de ventanillas, todo el trámite es a través de Internet, lo que resulta en múltiples beneficios para usted proveedor, ya que:
• Se evita costos de traslados
• Se evita entrega de documentación física
• Se realiza el trámite desde cualquier punto con conexión a Internet
• Se facilita el seguimiento del trámite en línea, aun para el registro tradicional
• Se reducen significativamente los tiempos de entrega de su contrato
IMPORTANTE: Antes de iniciar su registro tenga listas las versiones electrónicas de los siguientes documentos en formato electrónico:
• Acreditación de personalidad e identificación oficial de la persona que promueve el trámite.
Si se trata de personas físicas, cuando el trámite se realice a través de un tercero no acreditado ante la Procuraduría, deberá presentarse copia de la identificación oficial del proveedor, del apoderado y carta poder firmada ante dos testigos. En el caso de personas morales, se deberá presentar acta constitutiva y poder notarial para representarla, así como copia de la identificación oficial del representante legal;
• Cédula de identificación fiscal, para expedición de comprobante fiscal;
• Modelo de contrato electrónico (en formato Word); excepto en los casos de adopción de contratos tipo;
• En su caso, los que adicionalmente señalen la Ley, las NOM’s y demás ordenamientos aplicables.
Para ello, le sugerimos leer todos los textos informativos que se contienen en este sitio, para que conozca cómo funciona este nuevo servicio electrónico ante el Registro Público de Contratos de Adhesión.
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